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NOTICIAS DEL SECTOR ASEGURADOR

Banca de las Oportunidades y Fasecolda lanzan el programa ‘Más seguro, más futuro’

El primer producto desarrollado en el marco de este programa es Segurísimo, el cual es propuesta de la aseguradora Seguros Mundial.

 

Heidy Monterrosa - hmonterrosa@larepublica.com.co

Debido a que la penetración de los seguros en Colombia se ubica en el 2,82%, mientras que en Latinoamérica es de 3,2%, Banca de las Oportunidades y Fasecolda se unieron para dinamizar la oferta y demanda de seguros inclusivos, en el marco de la política de inclusión financiera.

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“De la mano con Fasecolda, lanzamos ‘Más seguro, más futuro’, un programa para que más colombianos, especialmente de bajos ingresos, puedan asegurarse con productos sencillos y a la medida de sus necesidades”, explicó Freddy Castro, director de Banca de las Oportunidades.

Áltima ofrece microseguros para apoyar a las personas que trabajan como informales

Tenemos muchas razones más para asegurar tu auto, sobre todo si tienes familia, y lo que buscas es su seguridad y protección. Ya que sabes por qué es importante asegurar tu vehículo, considera lo siguiente:  si tienes la marca de autos que más roban en el país,  con mayor razon debes estar protegido. Un  seguro puede ser un gasto adicional pero que a final te saldrá más barato que no tenerlo.

MUNDIAL SEGUROS

PARA TENER EN CUENTA 

Debido a las nuevas disposiciones por fotomultas, se le recomienda efectuar su proxima inspeccion tecnico mecanica minimo dos dias o los que usted considere necesarios antes de que se venza la inspeccion actual, de esta manera podra movilizarse por la ciudad para reparaciones en caso de que sea reprobado su vehiculo. Recuerde que el SOAT debe estar vigenet cuando asisita a su inspeccion, este debe renovarse con el mismo dia de vencimiento del SOAT anterior para que no queden dias sin cobertura.

Las principales diferencias entre afianzar y asegurar un contrato de arrendamiento

Tanto las afianzadoras como las aseguradoras buscan garantizar que el arrendatario cumpla sus compromisos con el arrendador.

Juan Sebastian Amaya

Debido a la crisis económica que generó la pandemia, muchas personas sufrieron afectaciones en sus contratos de arrendamiento residenciales y comerciales. Algunos arrendadores dejaron de recibir el pago de los cánones por la coyuntura, pues algunos arrendatarios tuvieron una disminución en su actividad económica que les impidió cumplir con su obligación.

¿Qué no cubre UNA POLIZA DE AUTOS?

 

En Responsabilidad Civil Extracontractual

  • Daños causados con el vehículo a cosas que transportes en él y bienes de tu propiedad o la de tus parientes.

  • Muerte o lesiones a tus parientes.

  • La responsabilidad que se genere, por muerte, lesiones o daños causados cuando el vehículo sea conducido por personas no autorizadas.

 

En pérdida total y parcial por daños al vehículo y accesorios

  • Daños causados por fallas debidas al uso o desgaste natural del vehículo.

  • Daños por deficiencias del servicio de reparación o mantenimiento.

  • Daños porque uses en tu vehículo un combustible no recomendado por el fabricante. 
    Nota: Las pérdidas o daños que sufra el vehículo por las causas anteriores se cubren en caso de: volcamiento, choque o incendio.

  • Daños por mantener encendido y/o en marcha el vehículo después de un accidente, sin haberse hecho las reparaciones técnicas necesarias.

En accidentes al conductor

  • Muerte, invalidez o desmembración como consecuencia diferente a un accidente de tránsito.

  • Suicidio, tentativa de suicidio o lesiones a sí mismo, estando o no en uso normal de sus facultades mentales.

  • Accidentes que ocurran cuando el conductor autorizado participe en competencias de velocidad o habilidad.

 

La póliza general no cubrirá al vehículo asegurado, cuando:

  • Sea retenido por la autoridad o sea secuestrado.

  • Se emplee para un uso distinto al acordado en la póliza.

  • Se use para enseñanza de conducción.

  • Participe en competencia o entrenamiento automovilístico.

  • Hale a otro

  • Sea dado en alquiler, salvo que el asegurado o beneficiario, sea una compañía de leasing legalmente constituida.

  • La titularidad del vehículo haya sido transferida, sea o no por escrito e independientemente de que haya sido o no inscrita de manera legal.

  • No se indemnizarán las multas y gastos que tengan relación a conductas reprobables.

  • En la reclamación exista mala fe o se presenten documentos falsos o adulterados.

  • Haya dolo por parte del asegurado.

  • Se presenten pérdidas o daños al vehículo por causa directa o indirecta de guerra o por actos de fuerzas extranjeras, o por consecuencia directa o indirecta de la radiación nuclear o contaminación radiactiva.

  • Haya estafa, abuso de confianza y cualquier otro delito contra el patrimonio diferente del hurto, de acuerdo a las definiciones del código penal.

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